Resumen | |
[J] | Movilidad geográfica. El cambio del Parque de Maquinaria a otra localidad no constituye traslado para los trabajadores cuya contratación y prestación de servicios lo es para los centros itinerantes que en cada momento les asigne la empresa.(publicado en Actualidad Diaria 4500 el 9 de febrero de 2023) |
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La cuestión suscitada en el recurso de casación para la unificación de doctrina se centra en determinar si la decisión empresarial de cambio del Parque de Maquinaria a otra localidad distinta, distante más de 300 km., constituye una movilidad geográfica injustificada. La parte demandada ha formulado dicho recurso contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, de 27 de septiembre de 2019, rec. 275/2019, que desestima el interpuesto por dicha parte, confirmando la dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Móstoles, el 11 de diciembre de 2018, en los autos 875/2018, que había estimado parcialmente la demanda, declarando injustificada la movilidad geográfica acordada por la empresa, con efectos de 6 de agosto de 2018, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración y a reponer a los demandantes en el centro de trabajo Parque de Maquinaria de Fuenlabrada. El Supremo estima el recurso de la empresa. | |
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